BENEFICIARIOS

  1. Centros Especiales de Empleo.

Consejería de empleo, empresa y trabajo autónomo

Orden de 21 de junio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el fomento del empleo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo y en el mercado ordinario de trabajo.

Orden BOJA Nº 124 – 21 DE JUNIO DE 2024

Corrección de errores Orden BOJA Nº 124 – 21 de Junio de 2024

Guía de preguntas y respuestas

COMPETENCIA PARA RESOLVER

Persona titular de la Consejería de Empleo, en su calidad de Presidente del Servicio Andaluz de Empleo.

No obstante, la competencia para resolver se delega en los siguientes supuestos:

  1. Cuando el centro tenga carácter multiprovincial, la competencia se delega en la persona titular de la correspondiente Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Ecomonía, Innovación, Ciencia y Empleo.
  2. Cuando el centro tenga carácter provincial, la competencia para resolver se delega en la persona titular de la Dirección General de Políticas Activas de Empleo del Servicio Andaluz de Empleo.